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SGAE... nadie se salva: lo que cobra por cada acto
Las tarifas que aqui incluimos son solo una muestra de las decenas de actividades que están contempladas por la SGAE para recaudar un canon por la reproducción del repertorio musical gestionado por esta entidad. Hemos incluido en esta lista solamente aquellos que puedan ser relacionadas con la realización esporádica y en la mayoria de las ocasiones sin caracter lucrativo (se entiende que las asociaciones que organizan actos lo hacen para su mantenimiento o como servicio a los propios socios) dejando de lado aquellos de caracter empresarial. Una lista completa de todas las cuotas que aplica la SGAE se puede encontrar en su sitio Web.

UTILIZACIÓN DEL REPERTORIO MUSICAL EN BAILES CELEBRADOS CON MOTIVO DE BODAS, BANQUETES, BAUTIZOS, COMUNIONES Y ACTOS SOCIALES DE ANÁLOGA NATURALEZA.
Hasta 75 comensales 102,30 Euros

La tarifa se incrementará en 0,41 Euros por cada comensal que exceda de los 75.


 
ASOCIACIONES DE CARÁCTER CULTURAL, DEPORTIVO Y/O RECREATIVO, HOGARES DE PENSIONISTAS, ASOCIACIONES DE ANCIANOS Y OTRAS DE ANÁLOGA NATURALEZA.
UTILIZACIÓN DE LAS DISTINTAS MODALIDADES DEL DERECHO, EFECTUADAS EN LA SEDE DEL DOMICILIO SOCIAL, EN EVENTOS ORGANIZADOS EXCLUSIVAMENTE PARA SOCIOS:
VARIEDADES.
NÚMERO DE SOCIOS TARIFA POR ACTO
Hasta 150 socios : 29,09 Euros
De 151 a 300 socios 36,35 Euros
De 301 a 600 socios : 43,63 Euros
De 601 a 1.000 socios 50,89 Euros
De 1.001 en adelante : 72,69 Euros
 
CONCIERTOS PARA SOCIOS.
NÚMERO DE SOCIOS TARIFA POR ACTO
Hasta 150 socios : 7,97 Euros
De 151 a 300 socios : 9,54 Euros
De 301 a 600 socios : 12,73 Euros
De 601 a 1.000 socios : 15,91 Euros
De 1.001 en adelante : 23,86 Euros
 
BAILES PARA SOCIOS.
NÚMERO DE SOCIOS TARIFA POR ACTO
Hasta 150 socios 7,97 Euros
De 151 a 300 socios : 11,15 Euros
De 301 a 600 socios : 15,91 Euros
De 601 a 1.000 socios : 22,28 Euros
De 1.001 en adelante : 31,83 Euros
En el caso de que la asistencia al baile esté condicionada a cualquier tipo de aportación económica personal, además de la tarifa que corresponda de acuerdo con la escala anterior, se aplicará el 7% sobre los ingresos brutos obtenidos.
Los bailes celebrados en Ferias y Fiestas Patronales, que no estén condicionados a aportación económica personal, pagarán el doble de la tarifa correspondiente de acuerdo con la escala anteriormente establecida.
Los bailes-cena satisfarán además de la tarifa de tanto alzado que corresponda, el 2,5% sobre los ingresos brutos obtenidos por entradas, cubiertos y consumiciones. La misma consideración tendrán los bailes celebrados con motivo de bodas, bautizos y otros actos análogos.
 
Amenizaciones musicales con aparato mecánico o electrónico no reproductor de imagen.
NÚMERO DE SOCIOS TARIFA POR MES
Hasta 150 socios : 7,74 Euros
De 151 a 300 socios : 10,81 Euros
De 301 a 600 socios : 15,44 Euros
De 601 a 1.000 socios : 21,61 Euros
De 1.001 en adelante : 30,88 Euros
 
Amenizaciones con receptor de Televisión.
NÚMERO DE SOCIOS TARIFA POR MES
Hasta 150 socios : 6,36 Euros
De 151 a 300 socios : 8,91 Euros
De 301 a 600 socios : 11,15 Euros
De 601 a 1.000 socios : 13,37 Euros
De 1.001 en adelante : 15,91 Euros
Utilización del repertorio administrado por SGAE por medio del aparato de Vídeo o cualquier otro procedimiento audiovisual análogo.
NÚMERO DE SOCIOS TARIFA POR MES
Hasta 300 socios : 79,57 Euros
De 301 a 600 socios : 95,51 Euros
De 601 a 1.000 socios : 111,23 Euros
De 1.001 en adelante : 127,35 Euros
 
TARIFAS PARA ESPECTÁCULOS GRATUITOS
1. Conciertos, recitales de música sinfónica, recitales de música no sinfónica y espectáculos de variedades, que se celebren en acceso gratuito al público y no condicionado a exigencia previa alguna.
Por derechos de comunicación pública el 10% del presupuesto de gastos necesarios para la celebración del espectáculo. A tal fin la Asociación vendrá obligada a presentar a SGAE la certificación acreditativa del total del presupuesto de gastos de cada espectáculo.
2. Bailes esporádicos celebrados con motivo de Ferias y Fiestas Patronales.
Por derechos de comunicación pública, el 7% del presupuesto de gastos necesarios para la celebración de cada baile.
TARIFAS PARA ESPECTÁCULOS CON TAQUILLA
1. Conciertos, recitales de música sinfónica, recitales de música no sinfónica y espectáculos de variedades
Por comunicación pública, el 10% de los ingresos de taquilla por cada concierto, recital o espectáculo que se celebre.
2. Bailes celebrados con motivo de Ferias y Fiestas Patronales.
Por derechos de comunicación pública, el 7% de los ingresos obtenidos en taquilla por cada baile que se celebre.
Si no se pudiera contraseñar el billetaje, ni se pudiera obtener la hoja de taquilla por causas ajenas a la Asociación, la citada tarifa del 7% se aplicará sobre el 75% del aforo, tomando como base un metro cuadrado por pareja y la suma de los precios de señorita y caballero bonificada en un 25%.


 

ESPECTÁCULOS QUE TENGAN LUGAR DURANTE LA CELEBRACIÓN DE MÍTINES Y ACTOS políticos
La tarifa a aplicar para estos espectáculos, independientemente de su duración y lugar de celebración será de acuerdo con la siguiente escala.
En poblaciones de hasta 3.000 habitantes : 31,83 Euros
De 3.001 a 15.000 habitantes : 47,75 Euros
De más de 15.000 habitantes : 63,68 Euros
En todas las capitales de provincia la tarifa a aplicar será de 79,57 Euros por acto

CONCIERTOS
Por derechos de autor, el 10% de los ingresos en taquilla por cada concierto que se celebre, previa deducción del IVA
RECITALES DE MÚSICA SINFÓNICA
Por derechos de autor, el 10% de los ingresos en taquilla por cada recital que se celebre, previa deducción del I.V.A.
RECITALES DE MÚSICA NO SINFÓNICA
Por derechos de autor, el 10% de los ingresos en taquilla por cada recital que se celebre, previa deducción del I.V.A.
ESPECTÁCULOS DE VARIEDADES
Por derechos de autor, el 10% sobre los ingresos en taquilla de cada espectáculo que se celebre, previa deducción del I.V.A.
BAILES ESPORÁDICOS, AMENIZADOS POR EJECUCIÓN HUMANA O MECÁNICA
Por derechos de autor el 7% de los ingresos obtenidos en taquilla, por cada baile que se celebre,
Si no se pudiera contraseñar el billetaje ni se pudiera obtener la correspondiente hoja de taquilla, la citada tarifa del 7% se aplicará sobre el 75% del aforo tomando como base un metro cuadrado por pareja y la suma de los precios de señorita y caballero bonificada en una 25%.
BAILES QUE SE CELEBREN EN LA NOCHE DE FIN DE AÑO
Por derechos de autor, el 7% de los ingresos obtenidos por el organizador por la venta de entradas, “cotillones” y cuantos otros complementos, aún cuando sean opcionales, se ofrezcan al público asistente al baile de Fin de Año.
Cuando se trate de cena-baile de Fin de Año en que el precio fijado al público con carácter general incluya el precio de la cena, la tarifa aplicable será el 2,5% de los ingresos obtenidos por la venta de localidades.
ACTUACIONES ARTÍSTICAS O MUSICALES EN ESPECTÁCULOS DEPORTIVOS
La tarifa a aplicar será proporcional a la duración de los números de variedades. Para la cuantificación de los derechos de autor será de aplicación el 0,50% de los ingresos en taquilla por cada 6 minutos o fracción de duración de estas actuaciones artísticas.
Si Empresa no presentase hoja de taquilla que permita establecer la exacta cuantificación de los derechos de autor, la tarifa aplicable será de 466,08 Euros por cada 6 minutos o fracción de duración de las citadas actuaciones artísticas.
TARIFAS PARA ESPECTÁCULOS GRATUITOS O CON PRECIOS DE ENTRADA REDUCIDOS O SUBVENCIONADOS
1. Cuando los espectáculos comprendidos en los apartados anteriores se celebren con acceso gratuito al público y no condicionado a exigencia previa alguna, la tarifa por derechos de autor se calculará mediante la aplicación del porcentaje correspondiente a la modalidad de uso afectada, al presupuesto de gastos necesarios para la celebración de espectáculos.
3. Cuando una empresa de espectáculos (Teatro, Circo, etc.) contrate la celebración del espectáculo en cartel a puerta cerrada sin abrir taquilla, la tarifa correspondiente a la modalidad de uso afectada se aplicará sobre el importe resultante de multiplicar el número de localidades que constituyan el 75% del aforo del local, por los precios que rijan precisamente para ese espectáculo cuando el mismo se celebre con carácter público.

TARIFAS COMPLETAS SGAE
 


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domingo, 25 mayo 2014

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